viernes, 16 de mayo de 2014

OBLIGACIONES Y DERECHO

Obligaciones del trabajador

  • Cumplir con las normas de seguridad e higiene y, cuando corresponda, realizar un relevamiento de riesgos, así como con las medidas de recalificacion.
  • Comunicar a su empleador o a la ART o a la SRT cualquier situación peligrosa relacionada con los riesgos en su puesto de trabajo o en el establecimiento.
  • Participar de actividades de capacitación sobre salud y seguridad en el trabajo.
  • Cumplir con la realización de los exámenes médicos periódicos.
  • Denunciar a su empleador o en la ART los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Derechos del empleador

  • Recibir asistencia y asesoramiento de la ART en materia de prevención de riesgos del trabajo.
  • disponer de información de la ART sobre el régimen de alícuotas y sobre las prestaciones para atender las contingencias relacionadas a la salud y seguridad en el trabajo.
  • Exigir a su ART la realización de los exámenes periódicos de sus trabajadores en función de los riesgos a los que están expuestos.
  • Exigir a la ART el cumplimiento de asistencia medica y económica a sus trabajadores, en caso de accidentes o enfermedades profesionales.
  • Elegir una ART y cambiar de aseguradora cumplidos los plazos mínimos de afiliación.
Obligaciones del empleador

  • Cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo ( ley 19.587 y complementarias.)
  • Estar afiliado  a una ART o autoasegurarse (ley 24.557)
  • Tomar las medidas necesarias para prevenir riesgos en el trabajo
  • Dar a sus trabajadores de los elementos de protección personal y capacitarlos para su correcta utilización.
  • Informar  a sus trabajadores a cual ART esta afiliado y notificar a la aseguradora la incorpacion de nuevo personal.
  • Informar a los trabajadores sobre los riesgos existentes.
  • Capacitar a sus trabajadores en métodos de prevención de riesgos del trabajo.
  • Realizar los exámenes médicos preocupacionales y por cambio de actividad e informar los resultados de los mismos al trabajador y a la ART
  • Solicitar a la ART la atención medica inmediata en caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.
  • Denunciar en la ART los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran en su establecimiento.
  • Denunciar incumplimientos de su ART ante la SRT
  • Realizar un relevamiento de riesgos
  • Informar junto con la ART, a la autoridad de aplicación que corresponda (SRT o Administraciones de Trabajo Provinciales), el desarrollo y la ejecución del Plan de regulación de los incumplimientos de las siguientes medidas: evaluación periódica de los riesgos existentes y su evolución vivistas periódicas de control de cumplimiento de las normas de prevención y del plan de acción definición de medidas correctivas que deberán ejecutarse para reducir los riesgos y la siniestralidad registrada y la propuesta de capacitación para el empleador y los trabajadores.
  • Inscribirse a través de su ART en el "Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos", si produce, importa, utiliza, obtiene en procesos intermedios, vende y/o cede a titulo gratuito los agentes y sustancias considerados cancerígenos.
  • Inscribirse a través de su ART en el "Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores", destinado a todos aquellos que produzcan, importen, utilicen,obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a titulo gratuito las sustancias químicas en cantidad mayor o igual a los valores
  • Inscribirse a través de su ART en el "Registro de Difenilos Policlorados" destinado a todos cedan a titulo gratuito Difenilos Policlorados.
  • Cumplir con el Programa de Rehabilitación para empresas con establecimientos que registran alta siniestralidad, establecido en caso de que el nivel de accidentabilidad de su empresa supere en un 10 % el indice de incidencia de su sector de actividad.
Obligaciones de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo
Las ART son empresas privadas que brindan asistencia y asesoramiento a los empleadores en temas de prevención de riesgos del trabajo y se encargan de reparar los daños como consecuencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales o de origen laboral. Estas entidades creadas por la Ley de Riesgos del Trabajo (Nª24.557) están controladas por las Superintendencias de Riesgos del trabajo (SRT) y de Seguros de la Nación (SSN).
Las ART tienen como obligación:

  • Denunciar ante la SRT los cumplimientos de las normas de higiene y seguridad en el trabajo de sus empleadores afiliados.
  • Evaluar la verosimilitud de los riesgos que declare el empleador y realizar la evaluación periódica de los riegos existentes en las empresas afiliadas
  • Efectuar los exámenes médicos periódicos en función de la exposición de riesgos de los trabajadores.
  • Brindar asesoramiento y asistencia técnica a los empleadores y a sus trabajadores en materia de prevención de riesgos del trabajo.
  • Brindar todas las prestaciones que establece la ley, tanto precventivas como dinerarias,sociales y de salud.
  • Promover la prevencion informando a la SRT acerca de los planes y programas exigidos a la empresas.
  • Mantener un registro de siniestralidad por establecimiento
  • Informar a los interesados acerca de la composicion de la entidad, de sus balances y de su regimen de alicuotas.
  • Controlar la ejecucion del Plan de Accion de los empleadores y denunciar ante la SRT los incumplimientos.



No hay comentarios.:

Publicar un comentario